La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la medida cautelar que frenaba la aplicación del artículo 154 del DNU 70/2023 que derogaba la ley de tierras y permitía la compra libre de superficies por parte de extranjeros.
El máximo tribunal consideró que el Centro de ex combatientes de las Islas Malvinas (CECIM) La Plata no contaba con la legitimación necesaria para encarar una acción colectiva de estas características.
Laurentina Alonso, abogada del CECIM, repudió la sentencia y señaló que fue oportunista y política.
«La Corte utilizó un artilugio jurídico diciendo que la soberanía no es un bien jurídico tutelable y que esto no constituye un caso», señaló Alonso
