Uno de los aspectos centrales de la reglamentación de la reforma laboral está vinculado al artículo 52 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), referido a la registración. A partir de ahora, la obligación de los empleadores se cumplirá mediante las altas y bajas de trabajadores en los sistemas habilitados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), eliminándose la exigencia de llevar libros laborales en formato físico o digital.
El abogado laboralista Juan Manuel Brittos dio declaraciones a propósito de esto:
